Según la Ley de Patrimonio Histórico Español, en su
Título V, artículo 40:…forman parte del Patrimonio Histórico Español los bienes
muebles inmuebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología
arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la
superficie o en el subsuelo…”. Forman parte, asimismo de este patrimonio y
elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre
y sus orígenes y antecedentes”.
La Ley 14/2007 de Patrimonio
Histórico Andaluz, en su Título III, artículo 26, Punto 5, dice: “ Son Zonas
Arqueológicas aquellos espacios claramente delimitados en los que se haya
comprobado la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos de interés
relevante relacionados con la historia de la humanidad”.
A efectos de este Catálogo se
incluyen todos aquellos sitios inventariados en los que se conoce de forma
fehaciente la existencia de restos arqueológicos y paleontológicos, de cualquier
entidad, dentro del Término Municipal de Bailén.
NIVELES DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO
ARQUEOLÓGICO
. Valor integral
. Valor Genérico
. Zona de servidumbre arqueológica
Cándido T. Lorite
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