martes, 16 de febrero de 2010

EL PATRIMONIO DE BAILÉN-8

Hasta aquí he escrito acerca de las ermitas, contempladas en el PGOU de Bailén, como de Protección Integral, definida de la siguiente manera en el susodicho PGOU:
La protección Integral se aplica a los edificios cuya conservación deba garantizarse en tanto que son piezas de notable interés histórico-artístico y constituyen hitos urbanos singulares y caracterizadores de su entorno. En este nivel se incluye la Iglesia de Ntra. Sra. De la Encarnación, declarada Bien de Interés Cultural en cumplimiento de la Ley 16/1985 de 25 de Junio, del Patrimonio Histórico Español.
También pertenecen a la categoría de Protección Integral la Ermita de la Soledad, la Ermita de Nuestro Padre Jesús y la Ermita del Santo Cristo junto a la Ermita de La Limpia y Pura.

Cándido T. Lorite

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